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Contrato de alquiler a Largo Plazo. Condiciones Generales

  1. Objeto del Contrato: El objeto del presente contrato es el arrendamiento del vehículo descrito en las Condiciones Particulares y que A-RENTAL pone a disposición del arrendatario en las condiciones y con los requisitos que aquí se recogen.
  2. Requisitos del Arrendatario: tanto el arrendatario como los conductores adicionales deben cumplir durante todo el período de duración del presente contrato los siguientes requisitos: ser mayores de 25 años y menores de 75 y ser titulares del permiso de conducción correspondiente a la categoría del vehículo arrendado al menos con 2 años de antigüedad. La información referente a todos ellos se recoge en la Condición Particular Sexta.

    Propiedad del Vehículo: la propiedad del vehículo corresponde en exclusiva a A-RENTAL por lo que la firma de este contrato no confiere al arrendatario ningún derecho de propiedad sobre el mismo. En los supuestos de declaración de concurso, embargo o cualquier otro acto proveniente de autoridades, órganos judiciales o administrativos e incluso de particulares, que perturben el dominio o posesión del bien arrendado, el arrendatario manifestará su condición de simple usuario y realizará a su costa las actuaciones necesarias para levantar las cargas producidas sin perjuicio de que A-RENTAL utilice los medios judiciales necesarios que correspondan.
    El arrendatario se obliga a notificar a A-RENTAL con la máxima premura y diligencia cualquier perturbación sobre el vehículo realizada por un Tercero.
    Al no tratarse del propietario, el arrendatario, en ningún caso, podrá vender, enajenar, hipotecar ni dar en prenda el vehículo. De igual forma, el arrendatario no podrá, sin la previa autorización por escrito de A-RENTAL, ceder temporalmente, subarrendar el vehículo arrendado o subrogar a persona física o jurídica en los derechos u obligaciones que le corresponden.
  3. Plazo: El arrendamiento del vehículo tendrá la duración que ambas partes (A-RENTAL y arrendatario) pacten y que así se haga constar en la Condición Particular Segunda. Al final del mismo, el arrendatario deberá entregar el vehículo en las oficinas de A-RENTAL en la fecha señalada en las Condiciones Particulares.
  4. Cancelación Anticipada: El arrendatario tendrá la facultad de cancelar el presente contrato una vez superados los 12 meses de arrendamiento. Para ello, deberá notificar a A-RENTAL con un mes de antelación la cancelación anticipada. En aquellos casos en los que el arrendatario no cumpla con 12 meses de arrendamiento, las penalizaciones que deberá asumir serán las siguientes:



    Además, el arrendatario se compromete a abonar la cuota íntegra del mes en el que se produzca la cancelación anticipada y renuncia a exigir a A-RENTAL los importes correspondientes a los días restantes pagados y no disfrutados.
    En todo caso, el arrendatario deberá entregar el vehículo en las oficinas de A-RENTAL en la fecha que la cancelación anticipada sea efectiva.
  5. Precio: durante el período de arrendamiento, el arrendatario deberá pagar una renta mensual cuyo importe y desglose (alquiler, servicios y suplidos junto con el correspondiente impuesto indirecto) se hace constar en el apartado Tercero de las Condiciones Particulares de este contrato. Esta cuota será pagadera a principio de cada mes haciéndose efectiva la primera de ellas a la firma del contrato. Dicha renta se actualizará cada mes de enero viéndose incrementada de conformidad con el Índice de Precios al Consumo (IPC) del País Vasco publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). El retraso en los pagos dará lugar al devengo de intereses de demora según lo recogido en la Condición Particular Quinta. El hecho de que el vehículo no pueda ser utilizado por cualquier razón no imputable a A-RENTAL, incluidos supuestos de dolo y hurto, no podrá ser alegado por el arrendatario como motivo para no cumplir sus obligaciones de pago.
  6. Utilización del Vehículo: el arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones de conservación y limpieza, con el depósito de carburante lleno, provisto de todos sus neumáticos y de la documentación necesaria. Asimismo, reconoce que el vehículo se le entrega con los siguientes accesorios: rueda de recambio, herramientas y radiocasete.
    El arrendatario se compromete a utilizar con diligencia y el debido cuidado el vehículo objeto de alquiler conforme al uso al que esté destinado, obligándose a cumplir las especificaciones del fabricante en cuanto a su uso, mantenimiento y garantía, debiendo realizar las revisiones periódicas que se indican en los manuales de mantenimiento así como la correspondiente Inspección Técnica de Vehículos (ITV) cuando así fuese requerido.
    Queda expresamente prohibida, salvo autorización expresa, su utilización para transporte por cuenta ajena de personas en número superior al especificado por el fabricante o permitido legalmente o mercancías (a no ser que se trate de un vehículo industrial que podrá transportar mercancías siempre que respete la legislación vigente) así como para actividades de autoescuela. Queda igualmente prohibida su utilización en competiciones deportivas o pruebas de cualquier clase, así como enganchar al mismo remolques o bacas o efectuar en él o en cualesquiera de sus piezas o accesorios modificaciones sin el acuerdo previo y por escrito de A-RENTAL.
    El arrendatario se obliga a utilizar el vehículo respetando todas las recomendaciones del fabricante y de la póliza del seguro y a prohibir su utilización a personas que no estén en posesión del permiso de conducción necesario.
    El vehículo no podrá salir de territorio español sin la autorización previa y escrita de A-RENTAL.
    El arrendatario estará obligado a llevar en todo momento en el vehículo toda la documentación pertinente legalmente exigible para su circulación. Ésta ha sido facilitada por A-RENTAL en este acto y así lo reconoce el arrendatario.
  7. Mantenimiento y Reparación del Vehículo: las operaciones de mantenimiento y reparación, salvo que fueran debidas a impericia, negligencia o malos tratos del arrendatario, serán gestionadas, tramitadas y abonadas por A-RENTAL o por Tercero que designe. En cualquier caso, el arrendatario será responsable de cumplir las siguientes normas:

    •  Todas las operaciones serán realizadas en los talleres concertados por A-RENTAL S.A.
    •  Deberá cumplir con el plan de mantenimiento y revisiones fijado por el fabricante siendo el arrendatario el responsable de que se cumplan estos plazos así como de vigilar todos los aspectos relativos al buen funcionamiento del vehículo, especialmente a lo relativo a la seguridad del mismo.

    Las reparaciones deberán constar en una factura detallada a nombre de A-RENTAL.
    El arrendatario no podrá ordenar la ejecución de trabajos de reparación, reposición de piezas o revisiones del vehículo sin tener previamente una autorización de A-RENTAL a favor del taller que las vaya a efectuar. A-RENTAL deberá dar su autorización en un plazo de 24 horas y, de no hacerlo así, se entenderá a todos los efectos autorizado.
    No estarán incluidas en el programa de mantenimiento las siguientes operaciones:

    •  Las revisiones y reparaciones que deban realizarse como consecuencia de daños y averías producidas intencionadamente o negligentemente por el arrendatario o usuario del vehículo.
    •  Las reparaciones que deban realizarse como consecuencia de daños y averías producidas por causa de incumplimiento del programa de revisión y mantenimiento del fabricante, descrito en el manual entregado con el vehículo.
    •  Las operaciones no recogidas en el programa de revisión y mantenimiento referido en la letra anterior.
    •  La instalación de accesorios en el vehículo y la realización de modificaciones en el mismo efectuadas con posterioridad a la entrega, así como las reparaciones derivadas de todo ello, aún en el caso de que dicha instalación o realización hubiera sido autorizada por A-RENTAL.
    •  El lavado, encerado y limpieza interior del vehículo, reposición de moquetas, alfombras de suelo y el mantenimiento y reparación de equipos de música y telefónico aunque estos vinieran de serie en el vehículo.
    A-RENTAL asumirá la sustitución de cada uno de los cuatro neumáticos en uso del vehículo como así se contempla en la Condición Particular Cuarta. Los nuevos neumáticos deberán ser de características, calidades y prestaciones no inferiores a los originales del vehículo. Quedan incluidos en la sustitución los gastos del montaje, válvula, cámaras, equilibrado y alineación en caso de que esta última fuera necesaria a juicio del montador. La sustitución de los neumáticos debe de hacerse obligatoriamente en los talleres concertados. Las piezas incorporadas al vehículo en concepto de sustitución de otras gastadas o averiadas serán así mismo propiedad de A-RENTAL.
    A-RENTAL asumirá los gastos ocasionados por la realización de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) cuando ésta sea requerida.
  8. Seguro: A-RENTAL contrata por cuenta y orden del arrendatario, para lo cual recibe el correspondiente apoderamiento en este acto, una póliza de seguro a todo riesgo en las condiciones que constan en la misma y en la que figurará el arrendatario como tomador y asegurado y A-RENTAL como propietario y beneficiario. De esta póliza se le entrega copia así como de la documentación del vehículo arrendado. Dicho apoderamiento incluye la facultad de modificar o resolver total o parcialmente la póliza en caso de que se produzca resolución contractual por incumplimiento del arrendatario o por parte del asegurador. A-RENTAL podrá cambiar de compañía aseguradora con la única obligación de informar de la modificación al cliente.
    Todos aquellos riesgos y pérdidas, incluidos los de fuerza mayor o caso fortuito, que no estén recogidos en la póliza suscrita serán asumidos por el arrendatario.
    Quedan excluidos de la póliza todos aquellos accesorios que no estuvieran de serie en el vehículo aún en el caso de que A-RENTAL hubiere autorizado su instalación.
    Se declaran expresamente excluidas de cobertura las consecuencias derivadas de los hechos producidos cuando el conductor se encuentre en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas, tóxicos, estupefacientes o en estados de disminución de la capacidad de conducción tales como fatiga o enfermedad o cuando la prueba de alcoholemia practicada después de un siniestro indique una tasa superior a la permitida legalmente para cada tipo de vehículo y conductor.
    El arrendatario deberá cumplir las obligaciones establecidas en la póliza de seguro y, en caso de siniestro, dar el parte correspondiente a la Compañía Aseguradora e informar de ello inmediatamente a A-RENTAL.
    En caso de siniestro total, todos los derechos e indemnizaciones que corresponda percibir serán a favor de A-RENTAL como propietario del vehículo excepto aquellos que correspondan a los ocupantes y/o conductor del vehículo.
    El contrato de alquiler se considerará cancelado en la fecha en la que la compañía aseguradora comunique fehacientemente la declaración de siniestro total, debiendo el arrendatario abonar las rentas generadas hasta esa fecha sin que proceda liquidación alguna entre las partes por razón de diferencias en mantenimiento, impuestos, kilometraje pactado ni ninguna otra causa.
    A-RENTAL facturará en concepto de suplido el importe de la prima de seguro al arrendatario en la forma establecida en las Condición Particular Tercera. Las variaciones en la cuantía de la prima de seguro que vengan impuestas por la Compañía Aseguradora serán repercutidas por A-RENTAL al arrendatario mediante la emisión de una cuota excepcional anual por el importe de dicha variación.
    A-RENTAL se reserva el derecho de resolver unilateralmente el contrato de alquiler en caso de concurrencia de 6 siniestros culpables anuales por parte del arrendatario.
  9. Incumplimiento y efectos: la falta de abono a su vencimiento de cualquiera de las rentas establecidas para el pago del precio así como el incumplimiento de cualquier otra obligación contraída por el arrendatario en virtud del presente contrato, facultará a A-RENTAL para resolverlo. Dicha resolución afectará tanto a lo relativo al arrendamiento como a la prestación de los servicios contratados incluido el seguro. En caso de resolución de contrato, el arrendatario se obliga a devolver a A-RENTAL el vehículo cedido en el plazo de 48 horas desde la notificación fehaciente de dicha resolución, abonando simultáneamente a la entrega las cantidades vencidas y no pagadas con sus correspondientes intereses de demora (Condición Particular Quinta) más la penalización correspondiente a la cancelación anticipada recogida en la Condición General Quinta.
  10. •  Devolución del Vehículo: el arrendatario deberá devolver el vehículo en las oficinas de A-RENTAL en perfecto estado, con toda su documentación y neumáticos y con todos los accesorios con los que fue entregado. La entrega deberá realizarse en la fecha señalada en las Condiciones Particulares de este contrato. Cualquier alteración o prórroga de la duración del arrendamiento deberá ser autorizada por escrito por A-RENTAL, pudiendo exigir la firma de un nuevo contrato de arrendamiento. En todo caso, el arrendador se reserva el derecho a reclamar la devolución del vehículo en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mismo sin que por ello se vea obligado a resarcir en importe alguno al arrendatario.
    Una vez realizada la entrega, las partes verificarán el estado del vehículo y el de sus elementos, firmando el correspondiente documento de devolución en el que se harán constar las deficiencias o anomalías que se hubieran detectado. En este mismo documento se hará constar el kilometraje final del vehículo. En el caso de que el kilometraje final del vehículo excediera del inicialmente pactado la diferencia se facturará al arrendatario. La liquidación del exceso de kilómetros realizados, si existiera, se realizará entre ambas partes en el momento de la entrega de acuerdo a la Condición Particular Cuarta.
    Las reparaciones que resulten necesarias efectuar en el vehículo así como cualquier gasto para eliminar inscripciones o pintar el vehículo en su color de origen serán en su totalidad a cargo del arrendatario.
    Si por motivos no imputables a A-RENTAL, el arrendatario no procediera a la devolución del vehículo, estará obligado a pagar a A-RENTAL en concepto de indemnización por la continuación de su uso y disfrute una cantidad por cada día de retraso en la devolución equivalente al resultado de prorratear por días el importe de una renta mensual incrementada en un 25% dejando A-RENTAL de estar obligada a la prestación de los servicios correspondientes a partir de la fecha de devolución del vehículo. El cálculo es como sigue:


    S in perjuicio de lo dispuesto en al apartado anterior, en el caso de que el arrendatario no devuelva el vehículo cuando esté obligado a ello, A-RENTAL podrá proceder a la retirada del mismo donde se encuentre para lo que queda irrevocable y expresamente autorizada.
  11. Vehículo de sustitución: como se recoge en la Condición Particular Cuatro, el arrendatario podrá disponer de un vehículo de sustitución cuando aquel que es objeto de arrendamiento esté fuera de servicio por motivos no imputables al arrendatario y siempre y cuando lo haya utilizado con diligencia y cuidado y haya seguido las recomendaciones del fabricante en cuanto a uso, mantenimiento y revisiones periódicas.
  12. Multas y Sanciones: el arrendatario será el responsable, en todo caso, de todas las infracciones, multas o reclamaciones que pudiesen derivarse de la comisión de alguna infracción de las disposiciones legales o por daños a Terceros producidos en relación con el uso del vehículo cuando éstos no sean cubiertos por la compañía aseguradora. En caso de que A-RENTAL fuese declarada responsable solidaria o subsidiaria de tales infracciones o reclamaciones y tuviera que hacer algún pago por dichos conceptos, su importe será repercutido íntegramente al arrendatario.
    El arrendatario se obliga a facilitar los datos de identificación del conductor del vehículo arrendado en el plazo improrrogable de 24 horas desde la fecha en que sea requerido para ello por A-RENTAL con el fin de que ésta pueda proceder a facilitar dicha información a instancias del órgano emisor de las multas, sanciones o reclamaciones que pudieran imputarse al vehículo arrendado.
  13. Jurisdicción: para todas cuantas controversias y litigios puedan derivarse de este Contrato, de su interpretación o ejecución, las partes, con renuncia expresa a su propio fuero, si otro les correspondiese, se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces y Tribunales de Bilbao.
  14. Tratamiento informático de datos de carácter personal: el arrendatario autoriza el tratamiento automatizado de los datos personales recogidos en este contrato, necesario para la prestación del servicio pactado, para la oferta y contratación de otros productos y servicios del Arrendador. Se pone en conocimiento del arrendatario el derecho a acceder, rectificar y, en su caso, cancelar sus datos personales mediante petición escrita dirigida a A-RENTAL S.A. Asimismo, el arrendatario presta su consentimiento para que el arrendador ceda sus datos a empresas del grupo, a sus franquicias o a otras con las que A-RENTAL concluya acuerdos de colaboración para la mejor prestación del servicio de alquiler de vehículos, radicadas en España o en el extranjero, respetando la legislación española sobre protección de los datos de carácter personal. Salvo que específicamente se establezca lo contrario, se considerará necesario completar todos los datos de cada formulario. En el caso de no suministrar todos los datos estimados necesarios, A-RENTAL podrá, dependiendo del caso, no proceder al registro del usuario o bien denegar el servicio solicitado. El cliente declara que los datos recogidos son verdaderos, exactos, completos y actualizados, siendo él el único responsable de cualquier daño o perjuicio, directo o indirecto, que pudiera ocasionar a A-RENTAL o a cualquier Tercero a causa de la cumplimentación de los formularios con datos falsos, inexactos, incompletos o no actualizados.

El presente contrato, en la fecha abajo señalada, es referido a las siguientes matriculas:

En BILBAO a dd de mmmm de aaaa

El Arrendatario A-RENTAL

 
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